Micelio
Auto9 de abril de 2026

A-418/26 de 2026

Ponente Carlos Camargo Assis

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá - Sección Cuarta y la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente.

Ello, por cuanto el primer despacho se abstuvo de conocer el asunto con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el numeral 5 del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2025, modificado por el artículo 1º del Decreto 333 de 2021.

Dicho despacho consideró que las pretensiones del accionante incidían en la orden impartida por el Juzgado 2 Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Bogotá. en particular en lo relativo al término de entrega del inmueble.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 39 Administrativo del Circuito de Bogotá - Sección Cuarta para que, de manera inmediata, tramite el caso y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Se hizo una advertencia al precitado despacho para que, en lo sucesivo, adecúe sus actuaciones en materia de competencia en tutela a las reglas que se reiteran en el presente proveído, en particular, en cuanto a no separarse del conocimiento de dichas acciones con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia constitucional.

Esto, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

También se le hizo una advertencia para que, en lo sucesivo, se abstenga de anticipar valoraciones sobre el fondo del asunto con el fin de sustentar la declaración de falta de competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.